Autorización de viaje de menores al extranjero: qué es y cómo tramitarla

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Familia paseando por la orilla del mar – Autorización de viaje de menores al extranjero

Cuando un menor viaja sin uno de sus padres

Imagine la escena: una madre lleva a su hijo de diez años a pasar el verano con los abuelos en México. En el control de pasaportes del aeropuerto de El Prat, el agente le pregunta dónde está el padre del niño y si dispone de autorización para salir del país. Sin ese documento, el viaje puede quedar bloqueado en el acto. No es una situación hipotética: ocurre con cierta frecuencia y genera una angustia completamente evitable si se ha tramitado con antelación la correspondiente autorización notarial de viaje.

Este documento acredita que el progenitor o tutor que no acompaña al menor ha dado su consentimiento expreso para que el niño o la niña cruce la frontera española. Su finalidad es doble: proteger al menor frente a posibles traslados no consentidos y dar seguridad jurídica a las autoridades fronterizas de los países de destino, muchos de los cuales lo exigen de forma obligatoria.

Marco legal: qué dice la normativa española

En España, la obligación de contar con autorización del otro progenitor cuando un menor viaja acompañado de solo uno de ellos no deriva de una única ley, sino de la combinación de varias normas. El artículo 154 del Código Civil establece que la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores, lo que implica que decisiones relevantes sobre la vida del hijo —como un viaje al extranjero— requieren el acuerdo de los dos. Por su parte, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, refuerza la necesidad de salvaguardar los derechos fundamentales de los menores frente a situaciones de riesgo, entre ellas el traslado ilícito.

En el ámbito catalán, el Codi Civil de Catalunya regula en su Libro Segundo (arts. 233-10 y siguientes) el ejercicio de la responsabilidad parental compartida tras la ruptura de la pareja, estableciendo igualmente que ambos titulares de la potestad deben actuar de forma coordinada en las decisiones que afecten al menor. Esto significa que, ya sea bajo el derecho común o bajo el derecho catalán, la regla de fondo es la misma: si uno de los progenitores no viaja con el hijo, el otro debe dejar constancia fehaciente de su consentimiento.

¿Cuándo es obligatorio el permiso notarial para viajar desde España?

La obligatoriedad depende en gran medida del país de destino, pero conviene actuar con prudencia en todos los casos. Países como México, Colombia, Argentina o Estados Unidos exigen de forma expresa que el menor lleve consigo una autorización notarial cuando viaja con un solo progenitor o con terceras personas —abuelos, tíos, grupo escolar—. Otros países no lo exigen formalmente en frontera, pero pueden solicitarlo en controles internos o en el momento de regresar a España.

Aunque el menor viaje dentro del espacio Schengen, donde los controles de pasaporte están suprimidos para los ciudadanos comunitarios, es aconsejable llevar igualmente el documento. La policía española puede realizar controles aleatorios en puertos y aeropuertos, y la ausencia de autorización puede generar retenciones y situaciones incómodas que se evitan fácilmente con la previsión adecuada.

Qué debe contener una autorización notarial de viaje

La autorización notarial es un documento público otorgado ante notario en el que el progenitor o tutor que no acompaña al menor manifiesta su consentimiento libre e informado para que el niño realice un viaje determinado. Para que sea efectiva y pueda ser utilizada en el extranjero, debe recoger con precisión los datos del menor (nombre, apellidos, fecha de nacimiento, número de pasaporte o DNI), los datos de quien autoriza y de quien acompaña al niño, el destino del viaje, las fechas de salida y regreso, y, si procede, cualquier condición específica que el autorizante desee hacer constar.

Cuando el documento vaya a usarse fuera de la Unión Europea, habitualmente será necesario apostillarlo conforme al Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961, suprimiendo así la necesidad de legalización diplomática. Algunos países, además, requieren que el documento esté traducido por traductor jurado al idioma oficial del país de destino. El notario puede orientar sobre estos requisitos adicionales en función del itinerario previsto.

Situaciones especiales: guarda exclusiva, tutela y menores no acompañados

Cuando uno de los progenitores tiene atribuida en exclusiva la guarda y custodia por resolución judicial, la situación varía. En ese caso, quien ostenta la custodia exclusiva puede, en principio, viajar con el menor sin necesidad de recabar el consentimiento del otro progenitor, siempre que la sentencia no establezca restricciones expresas. No obstante, en la práctica es muy recomendable llevar copia de la resolución judicial para acreditar esta circunstancia ante las autoridades de frontera.

Cuando el menor viaja sin ningún progenitor —por ejemplo, con los abuelos o en un viaje escolar— la autorización notarial debe ser otorgada por ambos titulares de la patria potestad, o por quien la ejerza en exclusiva, a favor de la persona adulta que va a acompañar al niño. En estos supuestos es igualmente conveniente incluir en el documento los datos de contacto de los padres y el nombre de la persona responsable durante el viaje.

En los casos de tutela legal o acogimiento, el tutor o la entidad pública que ejerza la guarda deberá acreditar su condición mediante la documentación correspondiente. El notario verificará la representación antes de autorizar el documento.

El papel del notario en la autorización de viaje

La intervención notarial en este tipo de documento no es un mero trámite burocrático. El notario identifica fehacientemente a quien otorga la autorización, comprueba su capacidad y su legitimación para actuar, y da fe de que el consentimiento se ha prestado de forma libre, voluntaria e informada. Esta función de control y garantía es precisamente lo que convierte a la autorización notarial en el único documento que tiene plena validez probatoria ante las autoridades extranjeras, frente a otros formatos como las cartas firmadas en presencia de testigos o los formularios descargados de internet.

En la Notaría PG74, situada en el Paseo de Gracia 74 de Barcelona, atendemos con frecuencia este tipo de autorizaciones para familias residentes en la ciudad o en el área metropolitana que necesitan tramitar el documento con rapidez y con las garantías adecuadas para el país de destino. Si su hijo o hija va a viajar al extranjero en los próximos meses sin que usted pueda acompañarle, le recomendamos que contacte con antelación suficiente para asesorarse sobre los requisitos específicos del viaje y otorgar la autorización notarial con tiempo.